Micelio
Auto6 de mayo de 2015

A- de 2015

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Yorlady Andrea Agudelo Sanchez Vs Uariv

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Corte Constitucional
  • Competencia para dirimir conflictos de competencia
Acción De Tutela
  • Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
  • Normas que determinan la competencia
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia entre el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Rionegro y el Juzgado Promiscuo Municipal de San Vicente (Antioquia), en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.

Se precisa el marco jurídico que determina la competencia en materia de tutela y se reiteran las reglas para solucionar los conflictos de competencia en materia de tutela.

Se decide el caso ordenando la remisión del expediente al Juzgado Segundo Civil del Circuito de Rionegro (Antioquia), para que de forma inmediata de trámite a la solicitud de amparo presentada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del veintitres (23) de enero de dos mil quince (2015) proferido por el Juzgado
  2. Segundo. Civil del Circuito de Rionegro, mediante el cual se declaro incompetente por el factor territorial para conocer de la accion de tutela presentada por Yorlady Andrea Agudelo Sanchez contra la UARIV.
  3. Segundo. REMITIR el expediente al Juzgado
  4. Segundo. Civil del Circuito de Rionegro, Antioquia, para que de forma inmediata tramite la accion de tutela mencionada.
  5. Tercero. Por Secretaria General, COMUNICAR al Juzgado Promiscuo Municipal de San Vicente, Antioquia, la decision adoptada en esta providencia.
  6. Comuniquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.