A- de 2015
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Yorlady Andrea Agudelo Sanchez Vs Uariv
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia para dirimir conflictos de competencia
- Factor territorial
- Competencia de Juzgado Civil del Circuito
- Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
- Normas que determinan la competencia
- Reiteración auto A124/09
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia entre el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Rionegro y el Juzgado Promiscuo Municipal de San Vicente (Antioquia), en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.
Se precisa el marco jurídico que determina la competencia en materia de tutela y se reiteran las reglas para solucionar los conflictos de competencia en materia de tutela.
Se decide el caso ordenando la remisión del expediente al Juzgado Segundo Civil del Circuito de Rionegro (Antioquia), para que de forma inmediata de trámite a la solicitud de amparo presentada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del veintitres (23) de enero de dos mil quince (2015) proferido por el Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de Rionegro, mediante el cual se declaro incompetente por el factor territorial para conocer de la accion de tutela presentada por Yorlady Andrea Agudelo Sanchez contra la UARIV.
- Segundo. REMITIR el expediente al Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de Rionegro, Antioquia, para que de forma inmediata tramite la accion de tutela mencionada.
- Tercero. Por Secretaria General, COMUNICAR al Juzgado Promiscuo Municipal de San Vicente, Antioquia, la decision adoptada en esta providencia.
- Comuniquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.